domingo, 29 de noviembre de 2015

Resolución judicial que termina con una estafa de Timofónica - Movistar

Con el Kirchnerismo La Española Telefonica Movistar estafo durante años a los Argentinos

Mensaje#1 » 28 Nov 2015 11:58
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Fallo contra Telefónica por un cobro extra en las facturas

Por una presentación judicial que se inició en La Plata se dictó una cautelar para exigir a la empresa Telefónica que suspenda el cobro de un paquete de servicios por el que la compañía percibía unos 35 millones de pesos mensuales en el área de concesión que tiene en el país. El Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (CODEC) fue el que inició la batalla en los tribunales federales. Ahora el caso se encuentra en la Cámara de Apelaciones.

“CODEC obtuvo una medida cautelar que ordena el cese del cobro a más de 3.000.000 de usuarios de Telefónica de Argentina S.A. de todo el país del cargo “SVA-TB” (servicio de valor agregado de telefonía básica). La empresa facturaba ilegalmente por este concepto más de 35 millones de pesos mensuales”, dijo Alejandro Pérez Hazaña, apoderado de la asociación.

La demanda interpuesta por CODEC, busca prohibir el cobro de ese cargo y obtener la devolución de lo ya cobrado por este concepto (más de 500 millones de pesos), con los intereses que correspondan, explicaron en la entidad.

MARZO DE 2014

Telefónica “comenzó a cobrar por el concepto “SVA-TB” en marzo del 2014, sin que los clientes lo solicitaran ni lo aceptaran de ninguna forma. El cargo, no se corresponde en realidad con ningún servicio, sino una suerte de “derecho a acceder a servicios de valor agregado”. Implica la posibilidad -que siempre existió-, de cada cliente de dar de alta un servicio de valor agregado (como el identificador de llamadas, el contestador automático, llamada en espera), pero que ahora al haberse incluido en un “paquete”, tiene un costo fijo para el consumidor (mucho mayor al que tenía cada uno de estos servicios por separado), active o no los servicios en él incluidos, dijo Pérez Hazaña.

El apoderado de CODEC subrayó que “Telefónica no da de alta ninguno de los servicios que contiene el paquete, sino solamente el pago del “abono”. Para tener efectivamente alguno de los servicios -por los cuales ya está pagando con el abono-, el consumidor debería solicitarlo individualmente con posterioridad. Entonces si el cliente no da de alta ningún servicio, simplemente paga por nada”.

En la asociación remarcan que según consta en la página de internet de Telefónica, el “abono es un servicio que le permite a los clientes contar con todos los Servicios de Valor Agregado de Telefonía Básica (*) por $ 18 + IVA por mes (...)”. En este contexto, entienden que el cliente “no paga por un servicio, sino por un servicio para tener servicios”.

También se pone énfasis en que la incorporación de este servicio a todos los consumidores fue “forzosa, sin consulta, ni solicitud: por lo tanto prohibido por el artículo 35 de la Ley de Defensa del Consumidor”.

En la presentación, la entidad que representa a los usuarios menciona que “gracias a la inclusión compulsiva de este “abono”, Telefónica pasó de cobrar 0 pesos a los usuarios que no tenían ningún servicio de valor agregado (o lo tenían gratuitamente, como el memofácil por ejemplo), a cobrarles entre 11 y 22 pesos. Por otro lado, los que abonaban algún servicio, usualmente no pagaban por el mismo más de 10 pesos, y pasaron a pagar 22. Todos estos cobros forzosos le redituaron a Telefónica, sin ningún tipo de prestación por su parte, un ingreso estimado de $36.578.080 mensuales desde marzo del 2014 hasta la actualidad”.

CAUTELAR

La medida cautelar dictada por el Juzgado Federal N°2 de La Plata –Secretaría N° 6-, a cargo del Dr. Adolfo Gabino Ziulu, ordena a Telefónica que deje de cobrar este “abono” a todos los consumidores, que antes de marzo del 2014 no tuvieran activo un servicio de valor agregado, o que lo tuvieran de forma gratuita (la amplia mayoría de los 4.750.000 millones de usuarios del país). Aquellos usuarios que antes de marzo de 2014 pagaban por algún servicio de valor agregado no están alcanzados por la medida cautelar, pero se beneficiarán con la eventual sentencia favorable.

En CODEC informan que todos los consumidores que hayan pagado el “SVA-TB” están representados en esta acción automáticamente y de forma gratuita (para conocer si se abona el cargo “Abono SVA-TB” simplemente se puede buscar el mismo en la segunda hoja de la factura en la sección “Abonos Locales”). No es necesario presentarse al juzgado, ni realizar ningún trámite. El resultado del proceso sólo puede beneficiar a los consumidores (según el artículo 54 ley de Defensa del Consumidor N° 24.240), lo cual implica que una eventual sentencia en contra no puede provocarles ningún perjuicio.

1 comentario:

Unknown dijo...

Yo estoy en juicio con MOVISTAR, nunca contestaron las cartas documento que les mande!!!, el juez de la causa le dio un plazo de 20 dias para que el abogado de MOVISTAR arreglara mi situación , se venció el plazo y creo que nii se presento y yo todavía sigo esperando que me devuelvan lo que me están robando desde x lo menos el 2012 , me cobran lo que quieren , me agregan gastos de todo tipo que no hice, tengo todo cortado y me sacaron mediante engaños y mentiras mi internet ilimitado , el importe del arreglo que hice jamaaasss lo han respetado, asi que sigo esperando xq el juicio se los voy a seguir a estos simverguenzaaassss....